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Allanamiento
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Miembros de la Cámara de Cuentas catalogan de atropello nefasto allanamiento en su contra

El allanamiento fue realizado el pasado lunes por la Pepca

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Miembros de la Cámara de Cuentas catalogan de atropello nefasto allanamiento en su contra
Los miembros de la Cámara de Cuentas leyeron un documento. (DIARIO LIBRE/DANIA ACEVEDO)

A través de un comunicado leído a los medios de comunicación, la Cámara de Cuentas (CC) consideró como un “atropello nefasto” al orden institucional el allanamiento de que fue objeto ese órgano fiscalizador del Estado el pasado lunes 22 de febrero.

Hugo Álvarez, presidente de la Cámara de Cuentas; Carlos Noés Tejada Díaz y Félix Álvarez Rivera, fueron los únicos en presentarse a la rueda de prensa y dejaron la responsabilidad de hablar al director de Comunicaciones, Jesús María de la Cruz.

De esos cinco miembros del pleno de la CC, pidieron excusas y no se presentaron a la rueda de prensa, Margarita Melenciano Corporán y Pedro Antonio Ortiz Hernández.

“El pasado lunes 22 se consumó uno de los atropellos más nefastos al orden institucional prediseñado por la Constitución en aras de impulsar el Estado social y democrático de derecho. Dominado por un obsesivo, selectivo y diferenciado afán investigativo, un representante del Ministerio Público, acompañado de un

espectacular despliegue policial, allanó aparatosamente este órgano constitucional extrapoder de la República, lesionando irremediablemente la autonomía e independencia con la que ha de ejercer las funciones instrumentales encomendadas por el texto supremo”, expresó De la Cruz en nombre de los miembros del pleno presentes.

En el documento indican que, al secuestrar documentos y bienes muebles indispensables para el desempeño de las competencias que constitucional y legalmente le han sido asignadas a este órgano troncal llamado a preservar, junto con los demás de su género, el equilibrio institucional de la República, no solo se acreditó la vulneración a su autonomía, sino que también se le ha privado de ejercer en lo adelante la atribución fundamental que materializa su capacidad de autogobierno en su integralidad y que definen su posición en la estructura del Estado: controlar externamente el gasto público.

La comunicación explica que, a pesar de que el Ministerio Público se proveyó de una orden judicial, “la misma carecía de motivos fundantes de la necesidad o

razonabilidad del allanamiento, como exige la legislación y la doctrina comparada”.

“En efecto, la jueza de la instrucción especial no consignó de forma verificable la probabilidad suficiente de los ilícitos penales atribuidos a los titulares de la Cámara de Cuentas a fin de justificar la medida, como tampoco su proporcionalidad con la entidad de los hechos investigados. Y cabría resaltar aquí que para fundamentar una acusación por obstrucción de justicia, delito por el que supuestamente el Ministerio Público mantiene abierta una investigación contra los miembros de este órgano extrapoder, no se requería recabar documento alguno mediante un procedimiento de allanamiento, toda vez que dicho ilícito se configura con la renuencia cerrada e injustificada de una autoridad pública a colaborar con el Ministerio Público”, expresan en el texto.

Dijeron que, la orden emitida no hizo constar como presupuesto de validez la eficacia procesal de la intromisión de que fue víctima la Cámara de Cuentas, siendo esta el objeto de las indagatorias encaminadas por el Ministerio Público, sino sus titulares.

Asimismo, externaron que el silencio guardado en la orden de allanamiento respecto de la delimitación del alcance de la búsqueda autorizada ha debido encender alarma nacional.

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